CONSIDERANDO:
Que la REPÚBLICA ARGENTINA, mediante las Leyes N° 24.295 y N° 27.270 aprobó, respectivamente, la CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO y el ACUERDO DE PARÍS.
Que, a través de dichos instrumentos internacionales, se asumió el compromiso de formular, aplicar, publicar y actualizar regularmente programas nacionales que contengan medidas orientadas a mitigar el cambio climático, tomando en cuenta las emisiones antropógenas por las fuentes y la absorción por los sumideros de todos los gases de efecto invernadero no controlados por el Protocolo de Montreal, y medidas para facilitar la adaptación adecuada al cambio climático.
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Me parece interesante que el estado intervenga mediante estrategias de mitigación y medidas, para facilitar la adaptación adecuada al cambio climático.
ResponderBorrarGracias por tu aporte.
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